Según el Artículo 4 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, entre las obligaciones del productor de residuos de construcción y demolición (persona física o jurídica que ejecute la obra de construcción o demolición, tales como el constructor, los subcontratistas o los trabajadores autónomos), está la obligación de incluir en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que contendrá unos requisitos mínimos.
El Plan de gestión de residuos de la construcción y demolición es un complejo documento de trabajo que debe incluir todos aquellos aspectos relacionados con el almacenamiento, producción, transporte y tratamientos de los residuos que se produzcan en una obra, bien sea para la construcción de una edificación o su proceso de derribo. Su elaboración requiere de un conocimiento profundo de la legislación aplicable en cada caso, que dependerá no sólo de la comunidad autónoma en la que se desarrolle el proyecto, también del tipo de residuo a tratar.